La Secretaría Municipal de Promoción Social recuerda a los poseedores de terrenos entregados por el municipio para la construcción de sus viviendas sociales, que la Ordenanza Nº 1495/18 establece la prohibición de vender, transferir o ceder a terceros dicho lote.
En caso de hacerlo, el poseedor pierde automáticamente la adjudicación del terreno y el nuevo ocupante deberá desalojar, no teniendo ningún derecho de solicitar al municipio Certificado de Ocupación, puesto que se encuentra de manera irregular.
Por tal motivo, se recomienda a quienes pretendan acceder a un lote entregado por el municipio para vivienda social mediante compra, transferencia o cesión, que antes consulte en la Secretaría de Promoción Social (Rivadavia 1463) para evitar situaciones jurídicas o costos económicos por maniobras fraudulentas.