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Anses fijó el nuevo haber mínimo para jubilados a partir de agosto

Martes 23 de julio de 2024

 

El Gobierno dispuso este martes un aumento en las jubilaciones del 4,6% en agosto, por lo que el haber mínimo a partir del próximo mes será de $225.454,42.

La suba se definió a partir de la nueva fórmula de movilidad, que comenzó a regir desde julio, y ajusta por inflación, pero tomando de referencia el dato publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de dos meses atrás. En este caso, los haberes se actualizan con la inflación de junio, que fue de 4,6%.

 



 

A través de la resolución 390/2024, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de agosto de 2024 será de $225.454,42. En tanto que el haber máximo para el mismo mes será de $1.517.094,80.

Asimismo, se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $75.933,01 y $2.467.787,04, respectivamente, a partir del período devengado agosto de 2024.

 

Cómo quedan la PBU y la PUAM en agosto

Al mismo tiempo, el organismo previsional determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir de agosto será de $103.135,11.

Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de $180.363,54. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a $250.363.

 



 

Asignaciones familiares y AUH con aumento: cómo queda cada categoría

En cuanto a la actualización de las asignaciones familiares, mediante la resolución 389/2024, se dispuso que desde agosto la Asignación Universal por Hijo (AUH) y las asignaciones familiares que perciben los trabajadores en relación de dependencia quedarán del siguiente modo:

> AUH: $81.010

> AUH por Hijo con Discapacidad: se fijó en $263.791

> La Asignación Familiar por Hijo: $40.505 para el primer rango de ingresos (hasta $627.230, por grupo familiar).

Asimismo, se determinó que la percepción de un ingreso superior a $1.660.759 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, “excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido”.

Gentileza: Infobae

 

 

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