El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Industria y Comercio, emitió la Resolución 267/2024 a través de la cual impedirle a los municipios el cobro de impuestos a través de las facturas de servicios.
La medida establece que los proveedores de bienes y servicios deberán garantizar que los comprobantes emitidos a los consumidores se refieran únicamente a los productos o servicios contratados, sin incluir conceptos o cargos ajenos a lo acordado.
La decisión se tomo como una respuesta directa a situaciones cada vez más frecuentes en las que los proveedores de bienes y servicios agregan conceptos ajenos a los contratados en las facturas. Esta práctica es considerada una violación a los derechos del consumidor, ya que compromete su libertad de elección, su derecho a recibir información clara y genera confusión al momento de pagar por los bienes o servicios adquiridos.
¿Qué establece la nueva resolución?
El Artículo 1 de la Resolución 267/2024 dispone que toda la información relacionada con los bienes y servicios facturados debe referirse únicamente al producto o servicio contratado específicamente por el consumidor. Esto implica que en los comprobantes de pago no podrán aparecer cargos o sumas correspondientes a servicios o productos no contratados. La normativa busca, de esta manera, garantizar que los consumidores tengan total claridad sobre lo que están pagando y evitar que se les cobren conceptos indebidos.
Por otro lado, la resolución no excluye la posibilidad de incluir información adicional de carácter general en los comprobantes, siempre y cuando esta no afecte la claridad respecto al bien o servicio contratado. Esto es particularmente importante en un contexto donde muchos consumidores, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad, pueden tener dificultades para comprender la naturaleza de los servicios facturados.